Para conocer los derechos y obligaciones de los ciudadanos con el medio ambiente, es importante ver su origen desde el punto de vista legal.
EL MEDIOAMBIENTE CITADO EN NUESTRA CONSTITUCION.
Nuestra constitución establece que “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.”1 Para esto debemos considerar que, el ambiente es el conjunto de elementos naturales y artificiales o inducidos por el hombre que hacen posible la existencia y desarrollo de los seres humanos y demás organismos vivos que interactúan en un espacio y tiempo determinados2.
En vista de lo anterior, se han creado distintas leyes, reglamentos y normas para cubrir dicho objeto. A continuación te presentamos un breve resumen de las principales leyes en México, creadas para proteger nuestros derechos y garantizar el cumplimiento de nuestras obligaciones como ciudadanos
LA LEGEEPA.
Una de las leyes principales en materia ambiental, es la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), creada para poder garantizar el derecho ciudadano a un medio ambiente sano para su desarrollo, salud y bienestar; la preservación, restauración y mejoramiento del ambiente; preservación y protección de la biodiversidad, así como el establecimiento de las áreas naturales protegidas; la prevención y control de la contaminación del aire, agua y suelo, entre otras disposiciones para propiciar el desarrollo sustentable.
AGUAS Y PESCA
De igual forma se creó la Ley de Aguas Nacionales (LAN) 3 con el propósito de regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable. para regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional contamos con la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables 4
VIDA SILVESTRE Y DESARROLLO RURAL.
La Ley General de la Vida Silvestre (LGVS)5 por su parte trata sobre la conservación y aprovechamiento sustentable de la vida silvestre y su hábitat en México, y la Ley de Desarrollo Rural Sustentable (LDRS)6, promueve el desarrollo rural sustentable del país, propiciar un medio ambiente adecuado.
RESIDUOS.
Con el objeto de garantizar el derecho de toda persona al medio ambiente adecuado y propiciar el desarrollo sustentable a través de la prevención de la generación, la valorización y la gestión integral de los residuos peligrosos, de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial; prevenir la contaminación de sitios con estos residuos y llevar a cabo su remediación, se publicó la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR)7
CAMBIO CLIMÁTICO
En materia de cambio climático para enfrentar los efectos adversos del cambio climático y para conservar el derecho a un medio ambiente sano para los mexicanos, se publicó la Ley General de Cambio Climático (LGCC) el 6 de junio de 2012 en el DOF.8
RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
La Ley Federal de Responsabilidad Ambiental (LFRA)9, se publicó con el fin de regular la responsabilidad ambiental que nace de los daños ocasionados al ambiente, así como la reparación y compensación de dichos daños cuando sea exigible a través de los procesos judiciales federales previstos por el artículo 17 constitucional, los mecanismos alternativos de solución de controversias, los procedimientos administrativos y aquellos que correspondan a la comisión de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental.
Estas leyes reglamentarias de nuestra CPEUM son solo son una pequeña parte de la normatividad y legislación creadas para proteger nuestros derechos como ciudadanos y también establecer obligaciones para poder resguardar y garantizar que nuestro derecho a un medio ambiente sano no se vea afectado, y para el caso que lo sea, tener los medios idóneos disponibles para reclamar y hacerlos valer.
No podemos olvidar que el derecho a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar es un derecho humano. El conjunto de leyes que se han mencionado aquí, así como el resto de la legislación reglamentaria y normativa, tienen la función de proteger nuestro derecho humano para poder controlar o incluso revertir las consecuencias de los cambios radicales que se han dado en las últimas décadas en nuestro medio ambiente.
- Artículo 4, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).
- Art.3 facción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección del Ambiente (LGEEPA).
- Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de enero de 1988.
- Publicada el 1 de diciembre de 1992, en el DOF, como ley reglamentaria del artículo 27 de la CPEUM.
- Publicada el 24 de julio de 2007 en el DOF, ley reglamentaria del artículo 27 de la CPEUM.
- Publicada en el DOF el 3 de julio de 2000, ley reglamentaria de la CPEUM, de su artículo 27 y de la fracción XXIX, inciso G del artículo 73 constitucionales.
- Publicada el 7 de diciembre de 2001 en el DOF, ley reglamentaria de la Fracción XX del Artículo 27 de la CPEUM.
- Publicada en el DOF el 8 de octubre de 2003.
- Publicada en el DOF el 6 de junio de 2012.
- Publicada en el DOF el 7 de junio de 2013.